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La Asociación de Usuarios de Servicios de Barcelona Quindío – ESP – AUS trabaja de la mano con la ley 142 y 143 de 1994, como también con el Decreto 990 de 2002.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Superservicios, es una entidad con rango constitucional conforme al artículo 370 de la Constitución Política de 1991. Por delegación presidencial ejerce las funciones de inspección, vigilancia y control sobre las entidades y empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía y gas.  


Su creación legal, naturaleza, principios y funciones están señaladas en la Ley 142 de 1994 que establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios en Colombia. Cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial. Se encuentra adscrita al Departamento Nacional de Planeación. 

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico–CRA – es una entidad del orden nacional, creada mediante el artículo 69 de la Ley 142 de 1994, como Unidad Administrativa Especial con autonomía administrativa, técnica y patrimonial, regida por la Constitución Política y por la ley; sin personería jurídica, adscrita al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Mediante el Decreto 1524 de 1994 le fueron delegadas las funciones, relativas al señalamiento de las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que el artículo 370 de la Constitución Política le encomienda al Presidente de la República.

Programa Interlaboratorio del Control de Calidad de Agua Potable – PICCAP

El Programa Interlaboratorio de Control de Calidad de Aguas Potables -PICCAP, es un programa oficial de Evaluación Externa Directa del Desempeño (PEEDD) del INS, que bajo el numeral 3° y 5° del artículo 7° del Decreto 1575 de 2007.pdf, es requisito para la expedición de la Resolución de Autorización de Laboratorios en Salud Pública año a año, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS

Plan Departamental de Aguas (PDA Quindío) Los PDA tienen como propósito APOYAR A LOS MUNICIPIOS EN LA TAREA DE ASEGURAR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS  DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO y pretenden ser un soporte para que los municipios puedan cumplir las obligaciones sectoriales impuestas por la Constitución Política y las leyes 99, 136, 142, 689,715, 1151, 1176 y el Decreto Legislativo 028 de 2008.